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Directiva N° 20/2025 — Perspectiva de Género en Materia de Compras Públicas

Directiva N° 20/2025 — Perspectiva de Género en Materia de Compras Públicas

Resolución Exenta: N° 327-B, de 31 de julio de 2025, Dirección de Compras y Contratación Pública.

Tipo: Directiva de Contratación Pública Número: N° 20/2025 Fecha de emisión: 31-07-2025 Organismo: Dirección de Compras y Contratación Pública (ChileCompra)


Resumen Ejecutivo

Mediante la presente resolución se aprueba la actualización de la Directiva de Contratación Pública N° 20, "Perspectiva de género en materia de compras públicas", que entrega recomendaciones a los organismos públicos para favorecer la equidad en las compras públicas.

La perspectiva de género es una herramienta analítica y normativa que permite identificar las desigualdades estructurales entre hombres y mujeres, comprender sus causas y proponer soluciones que permitan avanzar hacia mayor igualdad de derechos, oportunidades y resultados. Incorporar esta perspectiva en los procesos de contratación pública no solo visibiliza las barreras que enfrentan las mujeres en el acceso a oportunidades económicas, sino que también permite rediseñar las reglas del juego institucional para generar resultados más justos y equitativos.

La directiva recomienda incorporar criterios de evaluación y de desempate en las bases de licitación, aplicar la causal de trato directo del artículo 71 N°6 del Reglamento de Compras Públicas para adquisiciones de materias de alto impacto social, y verificar el cumplimiento de los criterios de igualdad de género durante la ejecución del contrato.

Introducción

Actualización Directiva de Compras y Contratación Pública N° 20 — Perspectiva de Género en Materia de Compras Públicas. Julio 2025.

La Directiva de Contratación Pública N°20 fue aprobada mediante Resolución Exenta N°523-B, de 12 de noviembre de 2015, publicada el 03 de noviembre de 2015, y posteriormente modificada mediante Resolución Exenta N° 589-B de 3 de septiembre de 2021. Mediante Resolución Exenta N° 0634-B, de 2022, se actualizó la Directiva de Contratación N°20, entregando recomendaciones a organismos públicos para favorecer la equidad en las compras públicas.

En razón de lo expuesto, surge la necesidad de entregar recomendaciones a los compradores públicos que les permitan realizar sus procesos de compra con perspectiva de género, favoreciendo así la equidad en las compras públicas.

1. ¿Por qué ChileCompra promueve la incorporación de la perspectiva de género en los procesos de contratación pública?

La Dirección ChileCompra, como parte de sus objetivos a mediano y largo plazo, se ha comprometido a entregar un buen servicio centrado en las y los usuarios, al mismo tiempo que busca un mejor uso de los recursos en las compras públicas. Este compromiso institucional se enmarca en los principios de eficiencia, equidad y sostenibilidad establecidos en diversos marcos internacionales.

Las compras públicas tienen un rol estratégico en la promoción e implementación de las políticas públicas orientadas al desarrollo sostenible, al constituir una herramienta concreta del Estado para canalizar recursos con impacto económico y social. En este sentido son un medio clave para avanzar en los diversos compromisos asumidos por Chile a nivel nacional e internacional, incluida la igualdad de género.

La perspectiva de género es una herramienta analítica y normativa que permite identificar las desigualdades estructurales entre hombres y mujeres, comprender sus causas y proponer soluciones que permitan avanzar hacia mayor igualdad de derechos, oportunidades y resultados. De esta manera, incorporar esta perspectiva en los procesos de contratación pública no solo visibiliza las barreras que enfrentan las mujeres en el acceso a oportunidades económicas, sino que también permite rediseñar las reglas del juego institucional para generar resultados más justos y equitativos.

La participación en los montos de las empresas lideradas por mujeres que hacen negocios con el Estado experimentó un aumento real de 34,8% en 2024 en comparación con el 2023, superando los 3.915 millones de dólares, lo que equivale al 22,2% del total transado en Mercado Público que alcanzó el 2024 más de 17.643 millones de dólares. Las proveedoras con el Sello Empresa Mujer aumentaron en 9,5% en 2024 en relación al 2023, sumando 33.673, las abarcan el 30,6% del total de proveedores y proveedoras del Estado que participan en Mercado Público. De éstas el 52,3% son personas naturales y 47,7% personas jurídicas que formalizaron sus negocios, experimentando un aumento de 21,2% las personas jurídicas lo que podría implicar una mayor formalización en este segmento. En cuanto al número de transacciones, las empresas lideradas por mujeres alcanzaron el 24,9% del total, equivalente a 506.323 órdenes de compra emitidas por las entidades del Estado a este segmento.

Las significativas brechas de género en el liderazgo de las empresas y los montos transados hacen necesario adecuar las estrategias, prácticas y directrices que orientan los procesos de contratación pública, con el fin de fomentar la participación de las empresas lideradas por mujeres y con ello, promover su autonomía económica y la igualdad de género. Incorporar un enfoque de género en estos procesos no solo contribuye a reducir desigualdades estructurales, sino que también responde a las obligaciones del Estado de garantizar condiciones equitativas en el ejercicio de derechos económicos. A nivel internacional, organismos como ONU Mujeres han promovido el uso estratégico de las compras públicas como herramienta para avanzar hacia la autonomía económica de las mujeres, fomentando su acceso a mercados, financiamiento y redes de apoyo.

Para abordar este desafío, es importante reconocer los diversos compromisos asumidos por Chile que permiten avanzar en mayor igualdad de género y aportar a la autonomía económica de las mujeres. En 2015, la Asamblea General de Naciones Unidas estableció los Objetivos de Desarrollo Sostenible, entre los que destaca el número 5 referido a "Lograr la igualdad entre los géneros y empoderar a todas las mujeres y las niñas", que incluye como meta aprobar y fortalecer políticas y leyes para promover la igualdad de género y el empoderamiento de todas las mujeres y las niñas a todos los niveles.

En la misma línea, los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por Chile, en particular, la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), ratificada en 1989, establece la igualdad de derechos entre todas las personas, el reconocimiento de la no discriminación hacia las mujeres y la necesidad de adopción por parte de "los Estados Partes de medidas especiales de carácter temporal encaminadas a acelerar la igualdad de facto entre el hombre y la mujer" (Art. 4 de la CEDAW). Asimismo, la Recomendación General N.º 25 (2004) del Comité CEDAW enfatiza que los Estados deben aplicar políticas activas y orientadas a resultados para garantizar la igualdad sustantiva en la práctica, lo que incluye revisar leyes, procedimientos y prácticas institucionales —como los sistemas de contratación pública— que puedan generar efectos discriminatorios.

En la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing de Naciones Unidas, principal hoja de ruta en la materia se insta a los gobiernos a incorporar de manera transversal la perspectiva de género en las leyes, políticas y programas, en todos los niveles, incluyendo el económico. Esta plataforma en su Área Crítica F "La mujer y la economía", señala la necesidad de eliminar las barreras estructurales que limitan el acceso de las mujeres a los mercados, al financiamiento y a la contratación pública, y promueve el uso de instrumentos económicos del Estado, como lo son las compras públicas, para fomentar su empoderamiento económico.

En la misma línea, las Recomendaciones de la OCDE sobre Contratación Pública proponen una estrategia para el crecimiento inclusivo e instan a los gobiernos a emplear criterios de selección que apoyen a las pequeñas y medianas empresas, promoviendo la igualdad de género y la inclusión social.

Por su parte, las Dimensiones de género de los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos de Naciones Unidas, enfatizan el papel de los Estados en contratar con empresas que tengan políticas y mecanismos para abordar el acoso sexual, la violencia de género, la discriminación por embarazo y maternidad/paternidad, la brecha salarial de género y la subrepresentación de mujeres en puestos de liderazgo y dirección.

Finalmente, un instrumento a nivel nacional que considera los anteriores en su diseño y permite materializar estos compromisos es el Cuarto Plan Nacional de Igualdad entre Hombres y Mujeres 2018-2030 del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, el cual establece diversas metas asociadas al aumento de la participación laboral de las mujeres, el cierre de la brecha salarial, el acceso a oportunidades de emprendimiento y el fomento de la contratación de mujeres en procesos de licitación pública.

2. ¿Cuáles son los beneficios de la incorporación de la perspectiva de género en los procesos de compra pública?

El logro de una buena relación calidad-precio puede ir de la mano con beneficios más amplios para la sociedad, como el avance hacia la igualdad de género. La incorporación de la perspectiva de género en las políticas públicas permite visibilizar y corregir desigualdades estructurales, y puede contribuir a promover la participación de las mujeres en la economía como trabajadoras, consumidoras, empresarias y emprendedoras. Esto tiene impactos positivos comprobados en el desarrollo social y económico del país y, por lo tanto, en el bienestar de mujeres, hombres y sus hogares en toda su diversidad. A través de políticas y prácticas de contratación pública con perspectiva de género, las entidades públicas compradoras pueden alentar a las mujeres a convertirse en proveedoras del Estado y con ello, utilizar el gasto público como una herramienta para redistribuir los recursos económicos. Esto promueve una mayor equidad, fortalece la autonomía económica de las mujeres y mejora el bienestar de sus hogares. La perspectiva de género en las compras públicas también puede contribuir a cerrar las brechas salariales e incentivar a las empresas proveedoras a mejorar sus prácticas laborales, evitando el incumplimiento de sus obligaciones legales. Esto es especialmente relevante en sectores de bajos salarios como la limpieza, los cuidados y los call centers (o mesas de ayuda), en los que las mujeres representan la principal fuerza laboral. La inclusión de más mujeres como proveedoras del Estado contribuye directamente a la dinamización de la economía. Diversos estudios han demostrado que fortalecer el acceso de las mujeres empresarias a los mercados públicos facilita su formalización, mejora su acceso al crédito y al financiamiento, y aumenta la capacidad productiva de sus negocios.

El fortalecimiento de la participación de mujeres en procesos de compras públicas también puede potenciar la generación de redes y la asociatividad entre empresas lideradas por mujeres, así como su proyección internacional, ampliando su alcance a nuevos mercados y fomentando colaboraciones que incrementen la competitividad de productos y servicios originados en Chile. Estos efectos multiplicadores demuestran que la contratación pública con enfoque de género constituye una estrategia eficaz para ampliar la base económica, diversificar la oferta productiva y fomentar un crecimiento más inclusivo y sostenible.

Además, a través de las compras públicas se puede fomentar que las empresas proveedoras adopten políticas de género internas, que aseguren entornos laborales inclusivos, libres de sesgos y de violencia de género, y que promuevan la igualdad de derechos y oportunidades dentro de la organización. También permite avanzar hacia la corresponsabilidad social en el cuidado. Un ejemplo de ello es la Norma Chilena 3262 que propone un Sistema de Gestión de Igualdad de Género y Conciliación de la vida laboral, personal y familiar. La incorporación de estos criterios en los procesos de contratación pública refuerza el rol del Estado como agente promotor de la igualdad y habilita mecanismos de trazabilidad y rendición de cuentas que permiten verificar el cumplimiento de los compromisos asumidos en materia de género y cuidados.

Asimismo, las entidades públicas compradoras pueden aplicar la perspectiva de género como parte de una política más amplia sobre contratación estratégica, que abarque objetivos medioambientales y otros objetivos sociales. Si bien algunas organizaciones temen que estos diferentes objetivos compitan, en muchos casos existen sinergias entre los objetivos ambientales y la igualdad de género. Problemas como el cambio climático y la pérdida de biodiversidad, si bien afectan a todas las personas, a menudo tienen impactos diferenciados según el género.

Este diagnóstico de desigualdad junto con la necesidad de cumplir los compromisos internacionales asumidos por el país, impulsa a la Dirección ChileCompra a establecer medidas que favorezcan una mayor igualdad de acceso y participación de las mujeres en el sistema de las compras públicas, considerando que esto representa un aporte estratégico al desarrollo social y económico del país, al reconocer el papel fundamental de las mujeres como actoras económicas y sostenedoras de sus hogares.

Las compras públicas representan una gran oportunidad para construir una economía más inclusiva y promover la igualdad de género mediante una mayor participación de empresas lideradas por mujeres en los procesos de adquisición del Estado. La igualdad de género tiene un impacto positivo en la competitividad, lo cual es fundamental para un sistema de compras públicas justo y sostenible; a medida que se amplía la base de proveedores, se diversifican tanto la cadena de suministro como los tipos de productos y servicios que los gobiernos pueden ofrecer.

Las mujeres aportan innovación y diversificación a los servicios y productos proporcionados por el gobierno, particularmente al asegurar que los servicios y productos que beneficiarán a las mujeres también sean diseñados por ellas. Esto permite que las mujeres reinviertan en las economías locales y aumenten la sostenibilidad de las cadenas de suministro, beneficiando en última instancia a las economías, las familias y las comunidades.

3. ¿Puedo incorporar la perspectiva de género en los procesos de compras públicas de acuerdo con la normativa?

El Reglamento de Compras Públicas incorpora los siguientes aspectos relacionados que permiten la incorporación de la perspectiva de género en los procesos de compras públicas:

Criterios de Evaluación

Se permite incorporar en las bases de licitación criterios de evaluación referidos a materias de alto impacto social, dentro de los cuales se reconoce la posibilidad de fomentar la participación de mujeres en el sistema de compras públicas.

El artículo 76 del Reglamento de Compras Públicas señala algunos ejemplos de lo que se entenderá por materias de alto impacto social, mencionando aquellas relacionadas con el impulso a las empresas de menor tamaño, incluidas aquellas lideradas por mujeres, los Proveedores locales, la descentralización, la sustentabilidad ambiental. Asimismo, se entenderá que las materias de alto impacto social son aquellas que promueven el desarrollo en los ámbitos social, económico o ambiental, para el bienestar de las comunidades y el equilibrio de los ecosistemas.

Causal de Trato Directo

El nuevo Reglamento de Compras Públicas incorpora en su artículo 71 N°6, una causal de trato directo que apunta a fomentar el desarrollo de temáticas vinculadas con materias de alto impacto social. En este sentido, esta causal se aplica para adquisiciones inferiores a 30 Unidades Tributarias Mensuales y que privilegien materias de alto impacto social, donde se puede incluir el impulso de empresas de menor tamaño lideradas por mujeres en materia de compras públicas. Esta causal requiere especificar que la contratación directa se enmarca en los objetivos de alto impacto social.

4. ¿Cuáles son las empresas lideradas por mujeres y cómo identificarlas en Mercado Público (www.mercadopublico.cl)?

Las empresas lideradas por mujeres son aquellas en las que se puede establecer que éstas tienen la propiedad o el control de las operaciones. Para facilitar su identificación en la plataforma www.mercadopublico.cl, ChileCompra diseñó el Sello Empresa Mujer, el que se asigna a todas las proveedoras que cumplan con alguno de los siguientes criterios, en conformidad a la información proporcionada en la declaración jurada del registro de proveedores:

Este sello se puede verificar en www.mercadopublico.cl, tanto en la Ficha del Registro de Proveedores como en la tienda de Convenio Marco para las proveedoras adjudicadas.

5. Recomendaciones para incorporar la perspectiva de género en las compras públicas

A. Incorporar perspectiva de género en las Bases de Licitación

En sus bases de licitación la compradora o el comprador puede incluir los siguientes aspectos:

a) Incorporar criterios en la etapa de evaluación

En el contexto de un proceso de licitación, en la etapa de evaluación de las ofertas, los organismos públicos podrán establecer criterios complementarios a la evaluación técnica y económica para impulsar la igualdad de género o los liderazgos de mujeres dentro de su estructura organizacional.

De esta manera, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 55 del Reglamento de Compras Públicas, es posible que las bases de licitación, como un contenido adicional, contemplen criterios y ponderaciones a ser asignados a los oferentes derivados la igualdad de género o los liderazgos de mujeres dentro de su estructura organizacional. En este sentido, se entenderá que una empresa promueve la igualdad de género cuando incluye políticas o prácticas del lugar de trabajo para reducir brechas salariales; fomentar contrataciones equitativas, la corresponsabilidad en los cuidados, y reducir la desigualdad de género. De igual forma, se entenderá que una empresa promueve los liderazgos de mujeres dentro de la estructura organizacional, cuando esta sea acorde a lo prescrito en el artículo 4, numeral 15, del presente reglamento.

En este sentido, la entidad contratante puede procurar una mayor participación de mujeres en el mercado de las compras públicas, a través de la formulación de criterios de evaluación que premien a las empresas lideradas por mujeres y a aquellos empleadores que contemplen condiciones o políticas favorables a la igualdad de género.

b) Incorporar criterios de desempate en la publicación de las bases y en la evaluación y selección

Una práctica recomendable, y que permite fomentar las prácticas de contratación pública con perspectiva de género, es señalar que "ante igualdad de puntaje final entre dos o más oferentes, se elegirá a aquel que haya obtenido un mejor puntaje en el criterio de evaluación inclusivo que se hubiese determinado en las bases", permitiendo, de esta forma, el fortalecer la importancia de tal característica en el procedimiento licitatorio.

c) Establecer requisitos para la firma de los contratos

En los requisitos para la firma de los contratos, las entidades compradoras podrán solicitar la acreditación de las empresas proveedoras en el Registro de Proveedores, garantizando de esta forma el cumplimiento de las obligaciones laborales con las y los trabajadores y el respeto de las leyes que regulan las prácticas antisindicales.

B. Aplicar la causal de trato directo

En el caso de una contratación directa menor a 30 UTM, el organismo público podrá seleccionar a una persona natural de sexo registral femenino, siempre y cuando la contratación se enmarque en el objeto contemplado en el artículo 71 número 6, "materias de alto impacto social, tales como aquellas relacionadas con el desarrollo inclusivo, el impulso a las empresas de menor tamaño, la descentralización y el desarrollo local, así como aquellas que privilegien la protección del medio ambiente, la contratación de personas en situación de discapacidad o de vulnerabilidad social".

6. Monitoreo del cumplimiento de criterios de igualdad de género durante la ejecución del contrato

Como se señala en la Directiva de Contratación Pública N° 17, "Recomendaciones para realizar contrataciones públicas inclusivas y que promueven la igualdad de oportunidades en el Mercado Público", una vez suscrito el respectivo contrato o enviada la orden de compra, la entidad compradora debe verificar que aquellos elementos inclusivos que hayan sido declarados por la empresa adjudicataria en su oferta, sean cumplidos al momento de ejecutar el contrato, de manera de obtener un compromiso real y efectivo del proveedor en promover la igualdad de género.

Esta verificación puede mantenerse durante la ejecución contractual, por ejemplo, cada seis meses, asociando sanciones derivadas del incumplimiento en caso de detectar una variación en las condiciones consideradas al momento de la evaluación de las respectivas ofertas.

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