[DICTAMEN] 2025 - E25124N25
MATERIA
Cursa con alcances la resolución N° 2, de 2025, del Instituto de Previsión Social.
DESCRIPTORES
Facultades CGR, toma de razón, contrato de servicios, licitación pública, renovación del contrato
FUENTES LEGALES
ley 21595 art/33 inc/2 | ley 20393 art/primero art/8 | ley 20393 art/primero art/10
TEXTO DEL DICTAMEN
N° E25124 Fecha: 13-02-2025
Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, que aprueba la renovación del contrato para la prestación del servicio de telecomunicaciones a nivel nacional, suscrita entre el Instituto de Previsión Social y la Empresa Nacional de Telecomunicaciones S.A., no obstante, cumple con hacer presente que se entiende que, por tratarse de una renovación, la duración de este acuerdo de voluntades se contabiliza desde el día siguiente al del término de la vigencia del contrato renovado, esto es, desde el 13 de enero de 2025.
Además, esa Entidad deberá tener en cuenta que corresponderá poner término anticipado al contrato que se renueva, en el evento de producirse la situación prevista en el inciso segundo del artículo 33 de la ley N° 21.595, de Delitos Económicos, así como también en el caso que a un proveedor se le imponga la pena de inhabilitación para contratar con el Estado prevista en los artículos 8 y 10 de la ley N° 20.393.
Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de la resolución del epígrafe.
Saluda atentamente a Ud.
Por orden de la Contralora General de la República Victor Hugo Merino Rojas Subcontralor General
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