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Dictamen CGR · Markdown

[DICTAMEN] 2025 - E215370N25

E215370N25·Año 2025·Fecha: 16-12-2025

Materia: Remite la presentación de la especie a la Superintendencia de Salud, para que, a la brevedad, dé una respuesta directa y fundada al interesado, según las consideraciones que se consignan

contratos salud competencia SUSAL, desafiliación ISAPRE`dfl 1/2005 salud art/110 num/3` | `ley 19880 art/15 inc/2` | `ley 18575 art/3 inc/2` | `ley 18575 art/8`

[DICTAMEN] 2025 - E215370N25

MATERIA

Remite la presentación de la especie a la Superintendencia de Salud, para que, a la brevedad, dé una respuesta directa y fundada al interesado, según las consideraciones que se consignan

DESCRIPTORES

contratos salud competencia SUSAL, desafiliación ISAPRE

FUENTES LEGALES

dfl 1/2005 salud art/110 num/3 | ley 19880 art/15 inc/2 | ley 18575 art/3 inc/2 | ley 18575 art/8

JURISPRUDENCIA RELACIONADA

AcciónDictamenAño
AplicaE1297362021
AplicaE1468222025

TEXTO DEL DICTAMEN

N° E215370 Fecha: 16-12-2025

Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Edgardo Ramiro Duvauchelle May, solicitando un pronunciamiento sobre la ilegalidad del actuar de la Superintendencia de Salud, al retrasar la tramitación de su reclamo en contra de su desafiliación de la institución de salud previsional que indica.

Sobre el particular, resulta pertinente señalar que, en conformidad con el artículo 110 N° 3, del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, la facultad de fiscalizar a las instituciones de salud previsional en los aspectos jurídicos y financieros, para el debido cumplimiento de las obligaciones que establece la ley y las que emanen de los contratos de salud, corresponde a la aludida superintendencia.

Por ello, y considerando que existe un procedimiento con su trámite pendiente ante esa entidad fiscalizadora, esta Contraloría General, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14, inciso segundo, de la ley N° 19.880, cumple con remitir a la Superintendencia de Salud la presentación de la especie, a fin que otorgue, a la brevedad, una respuesta directa y fundada al interesado, debiendo dar cabal cumplimiento a los artículos 3°, inciso segundo, y 8° de la ley N° 18.575, que imponen a los órganos de la Administración el debe de observar los principios de eficiencia, eficacia y de accionar por propia iniciativa en el cumplimiento de sus funciones, procurando la simplificación y rapidez de los trámites, como también la agilidad y expedición de los procedimientos administrativos (aplica los dictámenes N°s E129736, de 2021 y E146822, de 2025, de este origen).

Saluda atentamente a Ud.,

Por orden de la Contralora General de la República Cristian Patricio Oliver Gómez Jefe de la División Jurídica  

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0 DJU,, aplica dictámenes E129736/2021, E146822/2025 0 0

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