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Dictamen CGR · Markdown

[DICTAMEN] 2025 - E16053N25

E16053N25·Año 2025·Fecha: 30-01-2025

Materia: Cursa con alcance el decreto N° 186, de 2024, del Ministerio de Obras Públicas

Facultades CGR, toma de razón, contrato de concesión obra pública`dto 900/96 moopp art/25`

[DICTAMEN] 2025 - E16053N25

MATERIA

Cursa con alcance el decreto N° 186, de 2024, del Ministerio de Obras Públicas

DESCRIPTORES

Facultades CGR, toma de razón, contrato de concesión obra pública

FUENTES LEGALES

dto 900/96 moopp art/25

JURISPRUDENCIA RELACIONADA

AcciónDictamenAño
AplicaE1927752022
AplicaE2841352022
AplicaE3672702023
AplicaE4975682024
AplicaE5575692024

TEXTO DEL DICTAMEN

N° E16053 Fecha: 30-01-2025

Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, que modifica, por razones de interés público, las características de las obras y servicios que indica del contrato de concesión de la obra pública fiscal denominada “Nuevo Aeropuerto Regional de Atacama, III Región”, el que, entre otros aspectos, prorroga nuevamente el plazo de duración del mismo, a efectos de asegurar la continuidad de la concesión.

Sin desmedro de lo anterior, y tal como se ha manifestado reiteradamente por esta Entidad de Control en los dictámenes N°s. E192775 y E284135, ambos de 2022, E367270 -este último respecto del mismo contrato-, de 2023, y E497568 y E557569, de 2024, ese Ministerio deberá adoptar las medidas conducentes para que, en lo sucesivo, se dé cabal cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley de Concesiones de Obras Públicas -cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se fijó por el decreto N° 900, de 1996, de esa Secretaria de Estado-, según el cual “Una vez concluido el plazo de las concesiones, las obras deberán ser nuevamente entregadas en concesión por el Ministerio de Obras Públicas para su conservación, reparación, ampliación o explotación, aisladas, divididas o integradas conjuntamente con otras obras”, añadiendo que “La correspondiente licitación deberá efectuarse con la anticipación necesaria para que no exista solución de continuidad entre ambas concesiones”.

Con el alcance que antecede, se ha tomado razón del acto de la suma.

Saluda atentamente a Ud.,

Víctor Hugo Merino Rojas Contralor General de la República (S)  

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0 DIR,, Aplica dictámenes E192775/2022, E284135/2022, E367270/2023, E497568/2024, E557569/2024 0 0

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