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Dictamen CGR · Markdown

[DICTAMEN] 2025 - 0E9989N25

0E9989N25·Año 2025·Fecha: 20-01-2025

Materia: Cursa con alcances la resolución N° 24, de 2024, del Ministerio de Agricultura

Facultades CGR, toma de razón, modificación convenio`res 30/2015 contr art/13` | `res 7/2019 contr art/8 inc/fin`

[DICTAMEN] 2025 - 0E9989N25

MATERIA

Cursa con alcances la resolución N° 24, de 2024, del Ministerio de Agricultura

DESCRIPTORES

Facultades CGR, toma de razón, modificación convenio

FUENTES LEGALES

res 30/2015 contr art/13 | res 7/2019 contr art/8 inc/fin

JURISPRUDENCIA RELACIONADA

AcciónDictamenAño
AplicaE3279372023
AplicaE5048242024

TEXTO DEL DICTAMEN

N° E9989 Fecha: 20-01-2025

Esta Contraloría General ha dado curso al instrumento del rubro, que aprueba una modificación al convenio de transferencia de recursos celebrado con la Fundación para la Innovación Agraria (FIA), por encontrarse ajustado a derecho.

No obstante, y en relación con lo expuesto en la cláusula quinta del acuerdo de voluntades en estudio, cumple con manifestar que los convenios que suscriben los servicios públicos sólo pueden entrar en vigencia una vez que el acto administrativo que los aprueba se encuentre totalmente tramitado. Ello, sin perjuicio que, en casos calificados, puedan incluirse en la rendición de cuentas gastos ejecutados con anterioridad a su total tramitación, siempre que existan razones de continuidad o buen servicio, las que deben constar en el respectivo instrumento, acorde con lo preceptuado por el artículo 13 de la resolución N° 30, de 2015, de este origen (aplica dictamen N° E327937, de 2023).

A su vez, cabe hacer presente que esa entidad deberá procurar que los actos administrativos que aprueben convenios sujetos al control preventivo de legalidad contengan la transcripción íntegra y fiel del respectivo acuerdo de voluntades, de modo de dar cumplimiento a lo dispuesto en tal sentido por el artículo 8°, inciso final, de la resolución N° 7, de 2019, de este origen (aplica dictamen N° E504824, de 2024).

Finalmente, de los antecedentes tenidos a la vista, se aprecia que la personería de quien suscribe el acto como Subsecretario de Agricultura subrogante consta en el decreto exento N° 121, de 2023, de esa cartera de Estado, y no como se indica en la cláusula sexta del convenio en análisis.

Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del documento del epígrafe.

Saluda atentamente a Ud.,

Dorothy Pérez Gutiérrez Contralora General de la República

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0 DICOF,, Aplica dictámenes E327937/2023, E504824/2024 0 0

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