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Dictamen CGR · Markdown

[DICTAMEN] 2024 - E507921N24

E507921N24·Año 2024·Fecha: 03-VII-2024

Materia: Representa la resolución N° 106, de 2023, de la Dirección de Vialidad.

Facultades CGR, toma de razón, representa resolución, reposición puente y losas, liquidación del contrato

[DICTAMEN] 2024 - E507921N24

MATERIA

Representa la resolución N° 106, de 2023, de la Dirección de Vialidad.

DESCRIPTORES

Facultades CGR, toma de razón, representa resolución, reposición puente y losas, liquidación del contrato

JURISPRUDENCIA RELACIONADA

AcciónDictamenAño
AplicaE4309162023

TEXTO DEL DICTAMEN

N° E507921 Fecha: 03-VII-2024

Esta Contraloría General nuevamente no ha dado curso al instrumento del rubro, que aprueba liquidación del contrato “Reposición y Construcción Puentes y Losas, Grupo 2, Sector Ruta G-630 (Puente El Parcelero 4), Ruta G-674 (Puente El Dibujo 1), Ruta G 674 (Puente El Dibujo 2), Ruta G-674 (Puente El Dibujo 3), ruta G–786 (Puente Las Pilastra) y Ruta G-606 (Puente Nazario Araos), comunas de Melipilla y El Monte, Provincias de Melipilla y Talagante, Región Metropolitana”, previamente representada mediante el Oficio N° E430916 de 2023, de este origen, por cuanto lo señalado en la minuta de fecha 11 junio de 2024, suscrita por la Jefa del Departamento de Administración y Gestión de Contratos de esa Dirección y sus antecedentes adjuntos, no permiten subsanar la totalidad de las observaciones realizadas.

Al respecto, se reitera la solicitud de los siguientes antecedentes:

a) En relación a la entrega del proyecto definitivo de los puentes, aquellos que permitan verificar el cumplimiento de los plazos establecidos en el punto 2.8 del respectivo anexo complementario, respecto a las revisiones del mismo y la corrección de las observaciones que se hubieren formulado. Además, esta dirección deberá remitir una minuta en la cual se detallen los fundamentos de la dilación en la aprobación de los proyectos definitivos de cada puente.

b) El informe final, y constancia de recepción de los informes mensuales.

c) Copias integras de las auditorías internas de calidad que permitan acreditar el cumplimiento de la periodicidad establecida en el numeral 39 del anexo complementario.

d) Plan de aseguramiento de la calidad de acuerdo con los términos del numeral 41 del anexo complementario, así como las multas que se hubieran cursado por eventuales atrasos en su entrega.

e) Los que acrediten el personal mínimo presentado por la empresa de acuerdo con lo indicado en el numeral 22 del anexo complementario y, en su caso, las autorizaciones de los reemplazos.

Saluda atentamente a Ud.,

Por orden de la Contralora General de la República (S). MARÍA ISABEL CARRIL CABALLERO Subjefe de División (S) 

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0 DIR,, Aplica dictamen E430916/2023 0 0

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