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Dictamen CGR · Markdown

[DICTAMEN] 2024 - E485379N24

E485379N24·Año 2024·Fecha: 08-V-2024

Materia: Cursa con alcances la resolución N° 17, de 2024, del Servicio de Impuestos Internos.

Facultades CGR, toma de razón, adquisición plataforma de análisis geoespacial, aprobación bases`DL 211/73 art/26 lt/d` | `ley 20393 art/primero art/8` | `ley 20393 art/primero art/10` | `ley 21595 art/33` | `DTO 250…

[DICTAMEN] 2024 - E485379N24

MATERIA

Cursa con alcances la resolución N° 17, de 2024, del Servicio de Impuestos Internos.

DESCRIPTORES

Facultades CGR, toma de razón, adquisición plataforma de análisis geoespacial, aprobación bases

FUENTES LEGALES

DL 211/73 art/26 lt/d | ley 20393 art/primero art/8 | ley 20393 art/primero art/10 | ley 21595 art/33 | DTO 250/2004 hacie art/77

JURISPRUDENCIA RELACIONADA

AcciónDictamenAño
AplicaE4333632023

TEXTO DEL DICTAMEN

N° E485379 Fecha: 08-V-2024

Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro que aprueba las bases administrativas, técnicas y anexos para la adquisición de “Plataforma de Análisis Geoespacial”, por cuanto se ajusta a derecho.

No obstante, es necesario que, en la etapa de aclaraciones, esa institución precise en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración, que al momento de ofertar, los participantes deberán acreditar que no están afectos a las prohibiciones para contratar con los Órganos del Estado contenidas en los artículos 26, letra d), del decreto ley N° 211, de 1973; 8 y 10 de la ley N°20.393 y 33 de la ley N° 21.595 (aplica oficio N° E433363, de 2023).

Asimismo, cabe indicar que las causales de modificación de contrato establecidas en el punto 4.8.1. de las bases administrativas, parte II, son sin perjuicio de las señaladas en el artículo 77 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.

Por último, se hace presente que lo dispuesto en la parte final del punto 4.8.2., de las bases administrativas, parte II, en orden a que el servicio terminará anticipadamente el contrato si acaece cualquiera de las causales establecidas en las letras b) a f), debe entenderse referido a los literales de su primer párrafo, y no a los literales sobre incumplimiento grave que inmediatamente le preceden.

Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de la resolución del epígrafe.

Saluda atentamente a Ud.,

Dorothy Pérez Gutiérrez Contralora General de la República (S) 

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0 DJU,, Aplica dictamen E433363/2023 0 0

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