SoyKodaVolver a Dictámenes
Dictamen CGR · Markdown

[DICTAMEN] 2024 - E478094N24

E478094N24·Año 2024·Fecha: 22-IV-2024

Materia: Cursa con alcances la resolución N° 18, de 2024, de la Dirección de Logística de Carabineros de Chile.

Facultades CGR, toma de razón, contratación seguros generales a favor de los cascos aéreos, aprobación bases

[DICTAMEN] 2024 - E478094N24

MATERIA

Cursa con alcances la resolución N° 18, de 2024, de la Dirección de Logística de Carabineros de Chile.

DESCRIPTORES

Facultades CGR, toma de razón, contratación seguros generales a favor de los cascos aéreos, aprobación bases

TEXTO DEL DICTAMEN

N° E478094 Fecha: 22-IV-2024

Esta Contraloría General ha dado curso al acto del epígrafe, mediante el cual se aprueban las bases administrativas, texto de contrato y anexos para la contratación de seguros generales a favor de los cascos aéreos, período 2024-2025, para Carabineros de Chile, por cuanto se ajusta a derecho.

No obstante, es necesario que, en la etapa de aclaraciones, esa entidad precise en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración, el momento desde el que se comenzará a contar el plazo de entrega de las pólizas, atendida la disconformidad existente entre lo señalado en el N° 3.6.4, letra b), de las bases administrativas -emisión de la orden de compra- y en el numeral 5 de su anexo N° 1 -una vez emitida y aceptada la orden de compra-.

En la misma oportunidad, se deberá aclarar el día que se considerará para efectos de determinar el valor del dólar, en el caso de presentarse la oferta en dicho indicador, lo que se ha omitido consignar en el aludido N° 3.6.4.

Por otra parte, cabe indicar que en el modelo de contrato contenido en las bases se advierten errores en el correlativo de los numerales de sus cláusulas quinta -párrafo tercero-, octava -párrafo final- y décimo tercera -párrafo primero-.

Por último, en lo meramente formal, se hace presente que la remisión que se efectúa tanto en el N° 3.6.3.2 de las bases al anexo N° 3, como en el N° 3.6.4, letra b), al numeral 7 del anexo N° 2, debe entenderse referida, en el primer caso, al anexo N° 2 y, en el segundo, al numeral 5 del anexo N° 1.

Con los alcances que anteceden se ha tomado razón de la resolución de la suma.

Saluda atentamente a Ud.,

OSVALDO VARGAS ZINCKE Contralor General de la República (S) 

0

0 DJU,,

0 0

Volver a dictámenes de 2024Descargar archivo Markdown