[DICTAMEN] 2023 - E410281N23
MATERIA
Remite fotocopia del oficio Ord. N° 07/3913, de 2023, del Ministerio de Educación, relativo a la materia consultada.
DESCRIPTORES
Municipalidades, corporación municipal, bonificación por retiro voluntario, pago, reajuste
FUENTES LEGALES
Ley 20976
JURISPRUDENCIA RELACIONADA
| Acción | Dictamen | Año |
|---|---|---|
| Aplica | 27488 | 2019 |
TEXTO DEL DICTAMEN
Nº E410281 Fecha: 30-X-2023
La Contraloría Regional del Libertador General Bernardo O’Higgins ha remitido a este Nivel Central la presentación del señor Patricio Vega Macías y otros docentes de la Corporación Municipal de Servicios Públicos Traspasados de Rancagua, por la que reclaman que habiéndose acogido a la bonificación por retiro voluntario de la ley N° 20.976, el pago de aquel beneficio se realizó sin considerar el reajuste dispuesto por la resolución exenta N° 1.420, de 2023, de la Subsecretaría de Educación.
Requerido al efecto, el Ministerio de Educación (MINEDUC) informó, en síntesis, que el reajuste que correspondía aplicar en la especie es aquel que se encontraba vigente a la fecha de emitirse la resolución exenta N° 977, de 28 de febrero de 2023, de la Subsecretaría de Educación -que fijó los recursos a transferir a la aludida corporación-, esto es, el establecido para el año 2022 en la resolución exenta N° 1.877, de 31 de marzo de igual anualidad.
Al respecto, cabe manifestar que el criterio del MINEDUC se ajusta a la jurisprudencia de esta Entidad Fiscalizadora contenida en el dictamen N° 27.488, de 2019, en el que se determinó que el monto de la bonificación por retiro voluntario regulada por la ley N° 20.976, queda fijado por el acto administrativo que establece los recursos que se traspasan para efectuar los pagos a los beneficiarios del mismo, debiendo incorporar el reajuste que proceda conforme con la normativa y el procedimiento vigentes a esa data.
De este modo, se remite fotocopia del citado informe, para su conocimiento.
Saluda atentamente a Ud.,
JORGE BERMÚDEZ SOTO Contralor General de la República
0
0 DJU,, Aplica dictamen 27488/2019 0 0