[DICTAMEN] 2023 - E401407N23
MATERIA
Cursa con alcances el decreto N° 1, de 2022 , del Ministerio del Medio Ambiente.
DESCRIPTORES
Facultades CGR, toma de razón, norma de emisión luminosidad artificial generada por alumbrados exteriores
FUENTES LEGALES
POL art/8
JURISPRUDENCIA RELACIONADA
| Acción | Dictamen | Año |
|---|---|---|
| Aplica | 38112 | 2017 |
TEXTO DEL DICTAMEN
N° E401407/2023 Fecha: 06-X-2023
Esta Entidad de Control ha dado curso al decreto individualizado en el rubro, que Establece norma de emisión de luminosidad artificial generada por alumbrados exteriores, elaborada a partir de la revisión del decreto supremo N° 43, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, por cuanto se ajusta a derecho.
No obstante, cumple con hacer presente que la norma chilena a la que alude el párrafo segundo del punto 2 del artículo 7° debe entenderse referida a aquella identificada en su párrafo primero, esto es, la norma NCh3834:2023, de manera que la vigencia de los límites de emisión a que se refiere dicho precepto se encuentra vinculada a aquella.
Por su parte, cabe indicar que el Ministerio del Medio Ambiente deberá mantener en su sitio electrónico a disposición permanente del público, el contenido de las normas chilenas a las que se hace referencia en la norma de emisión en comento, en virtud del principio de publicidad consagrado en el artículo 8° de la Constitución Política de la República. (aplica criterio del oficio N° 38.112, de 2017).
Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del documento en examen.
Saluda atentamente a Ud.,
OSVALDO VARGAS ZINCKE Contralor General de la República (S)
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0 DJU,, Aplica dictamen 38112/2017 0 0