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Dictamen CGR · Markdown

[DICTAMEN] 2023 - E361796N23

E361796N23·Año 2023·Fecha: 28-VI-2023

Materia: Representa la resolución N° 9, de 2023, del Ministerio de Obras Públicas.

Facultades CGR, toma de razón, obras públicas, demolición puente, paralización contrato, pago indemnización, falta de an…

[DICTAMEN] 2023 - E361796N23

MATERIA

Representa la resolución N° 9, de 2023, del Ministerio de Obras Públicas.

DESCRIPTORES

Facultades CGR, toma de razón, obras públicas, demolición puente, paralización contrato, pago indemnización, falta de antecedentes

JURISPRUDENCIA RELACIONADA

AcciónDictamenAño
AplicaE3430642023

TEXTO DEL DICTAMEN

N° E361796 Fecha: 28-VI-2023

Esta Contraloría General nuevamente no ha dado curso al instrumento del epígrafe, que aprueba el pago de la suma que indica por concepto de indemnización originada en la paralización del contrato “Demolición Puente Toltén Antiguo en Caletera Ruta 5 Sur, Sector Temuco – Pitrufquén, Tramo Km. 700 al Km. 701,5 (EX KM. 704); Comunas de Pitrufquén y Freire, Provincia de Cautín, Región de La Araucanía”, representado por oficio N° E343064, de 2023, por cuanto los antecedentes acompañados no permiten subsanar totalmente las observaciones formuladas en el citado oficio.

En tal sentido, se reitera la observación respecto a la falta de envío de los antecedentes que permitan analizar jurídicamente si se ha verificado la paralización de 119 días cuya indemnización se dispone, como son el programa de trabajo aprobado en la resolución que sancionó el trato directo, el programa oficial de trabajo y la totalidad de los programas que rigieron el contrato en formato editable MS Project o equivalente técnico.

Además, tampoco esta vez se han remitido los antecedentes aprobados en el resuelvo 2° de la resolución N° 46, de 2019, de ese Ministerio -que aprobó el convenio de trato directo-, ni los documentos que integran dicho convenio -acorde a su numeral 2.2-.

Por último, se requiere una explicación acerca de las medidas adoptadas por la Administración para practicar a la brevedad la liquidación del contrato, acorde a lo requerido en el oficio N° E343064, ya citado.

Saluda atentamente a Ud.,

Por orden del Contralor General de la República. JUAN CARLOS LILLO VALENZUELA Subjefe de División 

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0 DIR,, Aplica dictamen E343064/2023 0 0

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