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Dictamen CGR · Markdown

[DICTAMEN] 2022 - E257901N22

E257901N22·Año 2022·Fecha: 15-IX-2022

Materia: Se abstiene de toma razón de la resolución N° 70, del 2022, de la Dirección de Bienestar de Carabineros de Chile.

exención toma razón, bases aministrativas licitación pública`Res 7/2019 contr art/13 num/13/7` | `res 16/2020 contr art/3 num/4` | `res 7/2019 contr art/22`

[DICTAMEN] 2022 - E257901N22

MATERIA

Se abstiene de toma razón de la resolución N° 70, del 2022, de la Dirección de Bienestar de Carabineros de Chile.

DESCRIPTORES

exención toma razón, bases aministrativas licitación pública

FUENTES LEGALES

Res 7/2019 contr art/13 num/13/7 | res 16/2020 contr art/3 num/4 | res 7/2019 contr art/22

TEXTO DEL DICTAMEN

N° E257901 Fecha: 15-IX-2022

Esta Contraloría General se ha abstenido de ejercer el control preventivo de juridicidad de la resolución del epígrafe, que aprueba bases administrativas y anexos de licitación pública para la “Reparación integral de 32 departamentos en 02 bloques conjunto habitacional José Cartes Díaz, etapa II, en la comuna de Concepción, región del Biobío”, toda vez que atendido el monto del presupuesto total de las obras a ejecutar -resuelvo N° 3, numeral III, parte final, acápite disponibilidad presupuestaria, de las especificaciones técnicas de la obra, en relación con el certificado de refrendación N° 28, del Jefe de Departamento de Finanzas, de la Subdirección de Bienestar-, se encuentra exenta del trámite de toma de razón, acorde con lo dispuesto en el artículo 13, N° 13.7, de la resolución N° 7, de 2019, que fija normas sobre exención del trámite dé toma de razón y artículo 3°, N° 4, de la resolución N° 16, de 2020, que determina los montos en Unidades Tributarias Mensuales, a partir de los cuales los actos que se individualizan quedarán sujetos a toma de razón y a controles de reemplazo cuando corresponda, ambas de este origen.

En razón de lo expuesto, se remite adjunto el mencionado documento, sin perjuicio de aplicarse a su respecto las normas sobre controles de reemplazo contenidas en el artículo 22 de la referida resolución N° 7.

Saluda atentamente a usted.,

OSVALDO GUNTHER VARGAS ZINCKE Contralor General (S) 

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