[DICTAMEN] 2022 - E182616N22
MATERIA
Se abstiene de tomar razón de la resolución N° 1, de 2022, de la Dirección de Logística de Carabineros de Chile
DESCRIPTORES
facultades CGR, exención toma razón
FUENTES LEGALES
res 16/2020 contr art/3 num/4 | res 7/2019 contr art/22
TEXTO DEL DICTAMEN
N° E182616 Fecha: 7-II-2022
Esta Contraloría General se ha abstenido de ejercer el control previo de juridicidad de la resolución del rubro, que dispone el término anticipado del contrato “Obra menor reparación roperillos y baños P.N.I. femenino 25º Comisaría de Maipú”, por cuanto se encuentra exenta del trámite de toma de razón, toda vez que acorde con el artículo 3°, punto 4, de la resolución N° 16, de 2020, de este origen, el contrato cuyo término anticipado se sanciona, se encuentra exento de dicho trámite.
En razón de lo expuesto, se remite adjunto el mencionado documento, sin perjuicio de aplicarse a su respecto las normas sobre controles de reemplazo contenidas en el artículo 22 de la resolución N° 7, de 2019, de esta Entidad de Control.
Saluda atentamente a Ud.,
Por orden del Contralor General de la República Juan Carlos Lillo Valenzuela Subjefe de División
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