[DICTAMEN] 2021 - E70903N21
MATERIA
Cursa con alcances la resolución DGC 17100 N° 22, de 2020, de la Dirección de Grandes Contribuyentes Servicio de Impuestos Internos
DESCRIPTORES
facultades cgr, toma de razón, devoluciones iva
FUENTES LEGALES
ctb art/57 | ley 21192 part/50/01/01/01/09/103
TEXTO DEL DICTAMEN
N° E70903 Fecha: 25-I-2021
Esta Contraloría General ha dado curso al documento del epígrafe, que ordena devolver a Parco Arauco S.A. la suma de $ 427.991.312, por concepto de Impuesto al Valor Agregado Crédito Fiscal pagado en exceso en el mes de diciembre de 1998, por encontrarse ajustado a derecho.
Sin embargo, cumple con hacer presente que de acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista, la cifra en palabras señalada en el resuelvo segundo del acto en estudio, corresponde a “cuatrocientos veintisiete millones novecientos noventa y un mil trescientos doce pesos” y no a la cantidad que erróneamente allí se indica, la cual deberá ser devuelta al contribuyente reajustada conforme a lo previsto en el artículo 57 del Código Tributario, lo que se ha omitido indicar.
Asimismo, cumple con precisar que la denominación que le corresponde a la asignación que financia la restitución de la especie es 50-01-01-01-09-103, “Devoluciones de IVA”, del Programa de Ingresos Generales de la Nación, incluido en la Partida 50 Tesoro Público, de la ley N° 21.192, de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2020, y no como se vienen señalando en la parte resolutiva del acto en estudio.
Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del instrumento del rubro.
Saluda atentamente a Ud.,
Por orden del Contralor General de la República Yolanda Bascuñán Arteaga Subjefatura de División
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