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Dictamen CGR · Markdown

[DICTAMEN] 2021 - E158162N21

E158162N21·Año 2021

Materia: Representa la resolución N° 3, de 2021, de la División de Bienestar Social de la Fuerza Aérea de Chile.

Facultades CGR, toma de razón, obras públicas, proyecto habitacional, liquidación final, falta de antecedentes

[DICTAMEN] 2021 - E158162N21

MATERIA

Representa la resolución N° 3, de 2021, de la División de Bienestar Social de la Fuerza Aérea de Chile.

DESCRIPTORES

Facultades CGR, toma de razón, obras públicas, proyecto habitacional, liquidación final, falta de antecedentes

JURISPRUDENCIA RELACIONADA

AcciónDictamenAño
AplicaE1187062021

TEXTO DEL DICTAMEN

N° E158162 Fecha; 22-XI-2021

La Contraloría General nuevamente no ha dado curso al instrumento del rubro que aprueba liquidación final de la obra "N" 003201665-05, denominada Proyecto habitacional 04 edificios población Chiloé, Puerto Montt", representado por el oficio N° E118706, de 2021, de este origen, en atención a que los antecedentes remitidos en esta oportunidad no permiten subsanar las observaciones formuladas en aquel oficio. 

Así, en relación al punto 1, si bien se acompaña parte de los antecedentes allí mencionados, en lo referentes a las letras c) y j), de dicho punto, no se adjuntan el plano; la memoria de accesibilidad universal: la memoria de cálculo del proyecto, la memoria de los proyectos de especialidades y las modificaciones de los permisos de edificación.

Además, respecto a la letra K)  del mismo punto 1, no se envían los cuadros que respalden las cubicaciones de las modificaciones ni los detalles constructivos que fundamentan la incorporación de obras extraordinarias, tales como refuerzos de enfierradura de losas, impermeabilización de muros, refuerzo de aleros, refuerzo de costanera en cubierta, mansarda bajo alero, todas ellas no consideradas en el proyecto oficial. 

Luego, se reitera la necesidad de una explicación detallada acerca del descuento -por concepto de retención al monto representativo del avance de obra- según lo requerido en el punto 2 del oficio de representación. 

Tampoco se acompaña el respaldo de la determinación de cantidades y porcentajes que originan un descuento variable, conforme a lo manifestado en el punto 3 del aludido oficio. 

Enseguida, respecto al último estado de pago, corresponde insistir con la observación del punto 4 del oficio de presentación. 

Saluda atentamente a Ud., 

JUAN CARLOS LILLO VALENZUELA Subjefe de División  

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0 DIR,, Aplica dictamen E118706/2021 0 0

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