[DICTAMEN] 2020 - E26209N20
MATERIA
Cursa con alcances el Decreto N° 22, de 2020, del Ministerio de Desarrollo Social y Familia.
DESCRIPTORES
toma de razón, facultades CGR, transferencia de recursos
FUENTES LEGALES
res 30/2015 contr art/26 inc/2
TEXTO DEL DICTAMEN
N° E26209 Fecha: 10-VIII-2020
Esta Entidad de Control ha dado curso al documento del rubro, mediante el cual se aprueba un convenio de transferencia de recursos entre el Ministerio de Desarrollo Social y Familia y la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, por encontrarse ajustado a derecho.
Sin embargo, cumple con hacer presente que lo señalado en las cláusulas segunda, letra d), y octava del convenio en estudio, en cuanto al destinario de la restitución de caudales a que se alude en ellas, es sin perjuicio de las normas legales que rijan al momento de producirse los excedentes a que se refieren dichas estipulaciones.
Finalmente, cabe señalar que de acuerdo al artículo 26, inciso segundo, de la resolución N° 30, de 2015, de este origen, la obligación de mantener a disposición de la Contraloría General de la República, los antecedentes relativos a la rendición de cuentas de las transferencias, corresponde a la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, y no como se indica en la cláusula sexta.
Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del instrumento del epígrafe.
Saluda atentamente a Ud.
Por orden del Contralor General de la República María Soledad Frindt Rada Jefa de División
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