SoyKodaVolver a Dictámenes
Dictamen CGR · Markdown

[DICTAMEN] 2020 - E20403N20

E20403N20·Año 2020·Fecha: 20-VII-2020

Materia: Cursa con alcances la resolución N° 21, de 2020, de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas.

Facultades CGR, toma de razón, obras públicas, asesoría inspección fiscal, modificación contrato, construcción aeropuert…

[DICTAMEN] 2020 - E20403N20

MATERIA

Cursa con alcances la resolución N° 21, de 2020, de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas.

DESCRIPTORES

Facultades CGR, toma de razón, obras públicas, asesoría inspección fiscal, modificación contrato, construcción aeropuerto

JURISPRUDENCIA RELACIONADA

AcciónDictamenAño
Aplica300252018
Aplica210222019
Aplica16792020
Aplica850542016
Aplica251792017
Aplica122652018
Aplica318232019
Aplica23712020

TEXTO DEL DICTAMEN

N° E20403 Fecha: 20-VII-2020

La Contraloría General ha dado curso al instrumento del rubro, que aprueba una modificación de contrato por aumento de plazo y recursos de la “Asesoría a la Inspección Fiscal para la Construcción y Explotación de la Obra: Aeropuerto Carriel Sur de Concepción”, pero cumple con hacer presente que, como se ha expresado en forma reiterada, entre otros, en los dictámenes Nºs 30.025, de 2018, 21.022, de 2019 y 1.679, de 2020, el acto administrativo que sanciona la reprogramación de que se trata ha debido cursarse con la debida oportunidad, de modo tal que el control previo de juridicidad que se lleve a cabo, pueda efectuarse en forma eficaz y no se refiera a situaciones jurídicas consolidadas, lo que ocurre en la especie, atendido que el contrato que se prorroga terminaba el 17 de mayo del presente año.

Asimismo, es dable señalar que a la fecha aún no se han tramitado totalmente los actos administrativos pertinentes que formalicen las resoluciones exentas N°s 1.685, de 2019 y 859, de 2020, ambas de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas, que modificaron el contrato de concesión de la referida obra por razones de interés público y urgencia -y que sirven en parte de antecedente del documento en examen-, no importando la presente toma de razón pronunciamiento alguno respecto de la procedencia de esas modificaciones (aplica criterio de dictámenes Nºs 85.054, de 2016, 25.179, de 2017, 12.265, de 2018, 31.823, de 2019, y 2.371, de 2020, todos de este origen).

También, es del caso apuntar que respecto al primer párrafo del numeral 1. del convenio que se aprueba, se advierte un error en la fecha de publicación en el Diario Oficial del decreto Nº 210, de 2016, del Ministerio de Obras Públicas, correspondiendo al 19 de agosto de 2016, y no a la que allí se consigna.

Por otra parte, es del caso señalar que se advierten errores en los anexos Nos 4 y 6 del acuerdo de voluntades que se aprueba, en cuanto a las unidades informadas entre los meses 8 y 36 de los recursos “Conexión dedicada a Internet” y “Red” las cuales deberán ser ajustadas en su oportunidad. Asimismo, en ambos anexos se omitió consignar el total de los ítems “Oficina Proporcionada por la Asesoría” y “Estacionamientos”.

Finalmente, es dable anotar que el título del numeral 9. del aludido acuerdo, no se corresponde con su contenido.

Con los alcances que preceden, se ha tomado razón de la resolución del epígrafe.

Saluda atentamente a Ud.,

Por orden del Contralor General de la República Osvaldo Vargas Zincke Jefe División de Infraestructura y Regulación 

0

0 DIR,, Aplica dictámenes 30025/2018, 21022/2019, 1679/2020, 85054/2016, 25179/2017, 12265/2018, 31823/2019, 2371/2020 0 0

Volver a dictámenes de 2020Descargar archivo Markdown