[DICTAMEN] 2020 - E19447N20
MATERIA
Cursa con alcances la resolución N° 187, de 2020, de la Subsecretaría del Interior
DESCRIPTORES
facultades cgr, toma de razón, transferencia recursos
FUENTES LEGALES
res 30/2015 contr art/31
TEXTO DEL DICTAMEN
N° E19447 Fecha: 15-VII-2020
Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, que aprueba el convenio transferencia de recursos entre la Subsecretaría del Interior y el Servicio de Cooperación Técnica (SERCOTEC), por encontrarse ajustado a derecho.
No obstante, cumple con hacer presente que de conformidad con el artículo 31 de la resolución N° 30, de 2015, de este origen, SERCOTEC también tiene la obligación de restituir los saldos observados, dentro de un término prudencial, aspecto que se ha omitido señalar en sus cláusulas décima y undécima, párrafo final.
Enseguida, cabe señalar que lo dispuesto en el último párrafo la cláusula duodécima del convenio en examen, en cuanto al destinatario de la restitución de caudales a que se alude en ella, es sin perjuicio de las normas legales que rijan al momento de producirse los excedentes a que se refiere dicha estipulación.
Con los alcances que antecede, se ha tomado razón del acto del epígrafe.
Saluda atentamente a Ud.
Por orden del Contralor General de la República María Soledad Frindt Rada Jefa de División
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