[DICTAMEN] 2020 - 0E6800N20
MATERIA
Se abstiene de tomar razón del decreto N° 577, de 2020, del Ministerio de Hacienda
DESCRIPTORES
facultades cgr, abstención toma de razón, traspaso anticipos utilidades
FUENTES LEGALES
res 7/2019 contr art/22
TEXTO DEL DICTAMEN
N° E6800 Fecha: 26-V-2020
Esta Entidad de Control se ha abstenido de ejercer el control preventivo de juridicidad respecto del documento individualizado en el rubro, que fija programa de traspaso de anticipos y/o utilidades desde la empresa portuaria del Estado que indica a la Tesorería General de la República, por cuanto, atendida su materia, dicho acto se encuentra exento del trámite de toma de razón, acorde con lo dispuesto en la resolución N° 7, de 2019, de este origen.
Por consiguiente, se remite adjunto el mencionado acto administrativo, sin perjuicio de aplicarse a su respecto las normas sobre controles de reemplazo contenidas en el artículo 22 de la precitada resolución N° 7.
Saluda atentamente a Ud.
Por orden del Contralor General de la República María Soledad Frindt Rada Jefa de División
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