[DICTAMEN] 2020 - 008886N20
MATERIA
Cursa con alcances la resolución N° 9, de 2020, del Ministerio de Obras Públicas.
DESCRIPTORES
Facultades CGR, toma de razón, obras fluviales, consultoría, regularización, convenio ad referéndum
FUENTES LEGALES
res 7/2019 Contr art/8
TEXTO DEL DICTAMEN
N° 8.886 Fecha: 11-V-2020
La Contraloría General ha dado curso al instrumento del rubro, que regulariza lo obrado y aprueba convenio ad-referéndum N°5 de la consultoría “Diseño de obras fluviales y de control aluvional cuenca del río El Tránsito, comuna de Alto del Carmen, Región de Atacama”, pero cumple con hacer presente que, en lo sucesivo, los anexos adjuntos a los convenios que celebre dicha repartición, al formar parte de tales acuerdos, deberán transcribirse íntegramente en los actos administrativos que los sancionen, conforme a lo dispuesto en el artículo 8º, de la resolución Nº 7, de 2019, de este órgano de control, lo que no ocurrió con los Anexos N°s 1 y 2, aprobados en el resuelvo N° 2 y que se tuvieron a la vista.
Enseguida, acorde a los antecedentes tenidos a la vista, cabe añadir que el plazo en que el consultor desarrolló la etapa IIIB fue de 83 días, y no el indicado en la columna “Desarrollo Etapa (Consultor)”, contenida en la segunda tabla del punto segundo del pacto.
Por último, con relación a las fechas de término efectivas de las diversas etapas, corresponde indicar, que los antecedentes que las acrediten también deberán ser acompañados junto a la liquidación de la asesoría de la especie, oportunidad en la que se verificará la regularidad su ejecución.
Saluda atentamente a Ud.,
Por orden del Contralor General de la República División de Infraestructura y Regulación Subjefe de División
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