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Dictamen CGR · Markdown

[DICTAMEN] 2019 - 026773N19

026773N19·Año 2019·Fecha: 09-X-2019

Materia: No le corresponde a esta entidad fiscalizadora evaluar los aspectos técnicos o demérito considerados por la administración activa para otorgar pensiones de gracia a los extrabajadores de ENACAR S.A.

ENACAR, seguridad social, pensiones de gracia, facultad privativa Presidente de la República

[DICTAMEN] 2019 - 026773N19

MATERIA

No le corresponde a esta entidad fiscalizadora evaluar los aspectos técnicos o demérito considerados por la administración activa para otorgar pensiones de gracia a los extrabajadores de ENACAR S.A.

DESCRIPTORES

ENACAR, seguridad social, pensiones de gracia, facultad privativa Presidente de la República

JURISPRUDENCIA RELACIONADA

AcciónDictamenAño
Aplica245102017
Aplica162342013
Aplica194272015
Aplica503272015
Aplica529772016

TEXTO DEL DICTAMEN

N° 26.773 Fecha: 09-X-2019

La Contraloría Regional del Biobío ha remitido tres presentaciones de don Armando Medina Fernández, en su calidad de, según señala, ex Presidente de la “Agrupación de ex Trabajadores de Enacar S.A.", quien solicita nuevamente que se determine si existieron actos discriminatorios por parte del Ministerio del Interior y Seguridad Pública al conceder, a través de su decreto N° 951, de 2013, pensiones de gracia a algunos de los miembros de su organización y no a la totalidad.

Sobre el particular, cabe recordar que a través del dictamen N° 24.510, de 2017, de este origen, se indicó al peticionario, ratificando lo concluido; entre otros, por los dictámenes N°s. 16.234, de 2013; 19.427 y 50.327, ambos de 2015; y 52.977, de 2016, que la . concesión de los referidos beneficios constituye una facultad privativa del Presidente de la República, razón por la cual a esta Contraloría General no le corresponde evaluar los aspectos de mérito o conveniencia para adoptar tales determinaciones.

Con el mérito de lo expuesto, y atendido que el recurrente no ha acompañado antecedentes distintos de los ya valorados con anterioridad, cabe desestimar su requerimiento.

Saluda atentamente a Ud.

Por Orden del Contralor General GRACIELA LEPE URIBE Jefe (S) División Jurídica 

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0 DJU,, Aplica dictámenes 24510/2017, 16234/2013, 19427/2015 50327/2015, 52977/2016 0 0

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